La insolvencia económica de una persona natural es, en términos simples, la situación en la que una persona no puede pagar sus deudas a medida que éstas vencen. No es solo “estar sin plata”; es un estado jurídico que permite activar mecanismos legales para negociar, reorganizar o, en casos extremos, liquidar activos con el fin de saldar obligaciones.
En Colombia, este régimen ha venido evolucionando y hoy combina protección al deudor con garantías para los acreedores: la idea es evitar soluciones violentas (embargos sin orden) y dar una segunda oportunidad cuando sea procedente.
Si estás leyendo esto porque te suenan las palabras insolvencia económica persona natural o declaracion insolvencia persona natural, respira: hay pasos claros, requisitos y actores que entran al juego. Vamos a desmenuzarlo sin vueltas.
👉 También te puede interesar leer: ¿Cómo crear una empresa en Colombia paso a paso?
¿Qué significa estar en insolvencia económica?
Estar en insolvencia significa que no puedes atender tus obligaciones vencidas en los plazos pactados. Pero ojo, no cualquier atraso es insolvencia. Normalmente se mira la cesación de pagos (incumplimiento sistemático) y si la deuda vencida representa una parte significativa del total de tu pasivo. La ley y la jurisprudencia definen umbrales y condiciones que determinan si procede un proceso formal.
En la práctica, cuando una persona se declara insolvente o es considerada insolvente por la ley, se activan mecanismos—como la suspensión temporal de ejecuciones y cobros y la posibilidad de negociar acuerdos con varios acreedores en una audiencia—para buscar una solución ordenada.
👉 Quizá te interese nuestro servicio de Asesoría legal en derecho civil
Diferencias entre insolvencia y bancarrota
- Insolvencia: Estado de incapacidad de pago. Puede llevar a reestructuración, acuerdos o, si procede, liquidación patrimonial.
- Bancarrota (quiebra): Término más fuerte y clásico de las empresas, donde la liquidación es la consecuencia clara. Para personas naturales, el foco hoy es más en la segunda oportunidad y la reorganización que en destruir al deudor.
👉 También te puede interesar leer: ¿Qué pasa cuando una empresa se declara en quiebra en Colombia?
Cuándo se considera que una persona está en cesación de pagos
Se habla de cesación de pagos cuando la persona no puede cumplir con sus obligaciones vencidas de manera regular. Bajo el régimen actual, para acceder a ciertos procedimientos se exige que el deudor tenga dos o más obligaciones impagas por un tiempo determinado (p. ej., más de 90 días) y que dichas obligaciones representen un porcentaje relevante del pasivo total, según lo previsto en la normativa vigente. Estos criterios fueron afinados con las reformas recientes al régimen.
¿Necesitas asesoria legal?
En Vaba Jurídicos estamos para ayudarte. Contáctanos. Uno de nuestro abogados se se comunicara contigo.
Marco legal de la insolvencia económica en Colombia
El marco legal parte del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) en sus disposiciones relativas a los procedimientos concursales e insolvencia, que fijan reglas procesales y garantías.
Sobre ese andamiaje, en 2025 se aprobó la Ley 2445 de 2025, que modifica y moderniza aspectos del régimen de insolvencia para personas naturales, con el fin de agilizar trámites, ampliar cobertura y facilitar acuerdos extrajudiciales y conciliaciones.
Ley 1564 de 2012 y sus modificaciones con la Ley 2445 de 2025
La Ley 1564 de 2012 es la base procesal donde se inscriben los procedimientos concursales y las reglas de admisión, audiencias y liquidación patrimonial.
La Ley 2445 de 2025 introdujo cambios puntuales: buscó simplificar tramitación, incorporar mecanismos de conciliación más ágiles y en algunos casos ampliar el universo de beneficiarios (incluyendo, bajo condiciones, a pequeños comerciantes).
Estas reformas buscan dar mayor eficiencia y proteger tanto al deudor como a los acreedores.
Entidades autorizadas para tramitar procesos de insolvencia
Los trámites se realizan bajo la supervisión y en plataformas de entidades competentes, principalmente la Superintendencia de Sociedades (a través de su módulo de insolvencia) y cámaras de comercio que actúan como centros de conciliación o prestan información y orientación.
Además, conciliadores y centros de conciliación autorizados participan activamente en audiencias de negociación.
¿Quiénes pueden acogerse a la insolvencia económica persona natural?
En general pueden acogerse personas naturales no comerciantes, y, desde las reformas, también pequeños comerciantes que cumplan ciertos límites patrimoniales (p. ej., activos por debajo de un monto establecido, como 1.000 salarios mínimos en algunos textos interpretativos).
La ley precisa requisitos como el número mínimo de acreedores y la antigüedad de las deudas.
Requisitos para acceder al proceso
- Tener dos o más obligaciones vencidas frente a dos o más acreedores.
- Que las obligaciones lleven más de 90 días de mora en muchos casos prácticos.
- Que el monto vencido represente un porcentaje mínimo del pasivo total (según las reglas aplicables, este umbral se ha fijado en ciertas interpretaciones en torno al 30% en algunas normas y guías).
- No estar inmerso en exclusiones legales específicas (ver siguiente apartado).
Nota práctica: la declaración de insolvencia persona natural requiere documentación probatoria (lista de acreedores, contratos, estados de cuenta, relación de bienes, ingresos y egresos). Más abajo verás el detalle.
Etapas del proceso de insolvencia económica persona natural
A grandes rasgos, el proceso tiene tres fases: admisión y conciliación, negociación del acuerdo de pago, y liquidación patrimonial si no hay acuerdo o si se incumple.
👉 Solicitud de admisión y documentación necesaria
La persona debe presentar una solicitud formal acompañada de documentos: identificación, listado de acreedores, estados de cuenta, contratos, relación de bienes y fuentes de ingreso, y declaraciones patrimoniales. Al presentar la petición se puede solicitar la suspensión de acciones de cobro mientras se tramita la negociación. La Superintendencia de Sociedades habilita plataformas y guías para radicar la solicitud.
👉 Negociación del acuerdo de pago
Se celebra una audiencia de conciliación donde el deudor y los acreedores (o sus representantes) negocian un acuerdo que puede incluir quitas, plazos o reestructuraciones.
El objetivo es lograr un acuerdo homologado que obligue a todos. Si hay consenso, se firma el plan de pagos y éste se ejecuta bajo supervisión. La Ley 2445 fortaleció alternativas de conciliación y mecanismos para simplificar estas audiencias.
👉 Liquidación patrimonial en caso de incumplimiento
Si no se alcanza un acuerdo o el deudor incumple, puede procederse a la liquidación patrimonial: se identifican, valoran y venden bienes para pagar a los acreedores según la prelación legal.
En algunos casos, la liquidación busca maximizar el retorno a acreedores y cerrar el procedimiento con una distribución ordenada.
Beneficios de acogerse a la ley de insolvencia
Acogerse al régimen tiene ventajas claras: protección frente a ejecuciones, posibilidad de reorganizar deuda y, en términos prácticos, una ruta legal para salir de la asfixia financiera sin perderlo todo.
| Aspectos a tener en cuenta | Descripción |
|---|---|
Suspensión de cobros y embargos |
Una de las principales ventajas de acogerse al régimen de insolvencia es la suspensión temporal de cobros y embargos. Durante el proceso, se detienen los procesos ejecutivos y las acciones de cobro por parte de los acreedores, lo que brinda al deudor un respiro financiero para reorganizar su situación. No implica que las deudas se extingan, pero sí que se evita la persecución inmediata y se abre la posibilidad de negociar con mayor estabilidad. |
Rehabilitación crediticia y financiera |
Una vez cumplido el acuerdo de reorganización o liquidación y aprobado por la autoridad competente, el deudor puede comenzar a reconstruir su historial financiero. Este beneficio tiene una función social importante: permitir la rehabilitación económica y la reinserción en la vida crediticia de quienes atravesaron una crisis. Es una oportunidad legal para volver a operar dentro del sistema financiero formal. |
Posibilidad de comenzar desde cero |
En los casos más complejos, la ley permite que el deudor, tras liquidar sus bienes y cumplir con las reglas del proceso, pueda obtener una “segunda oportunidad”. Esto significa la posibilidad de iniciar una nueva etapa económica sin la carga de deudas impagables, favoreciendo la reconstrucción personal y patrimonial. Es una vía legal y ordenada para reemprender sin quedar atado indefinidamente a las obligaciones pasadas. |
Laura Vargas
CEO de GRUPO VABA JURÍDICOS SAS
Últimos post
- All Post
- Blog
- Derecho Civil
- Derecho Comercial
- Derecho de Familia
- Derecho Laboral
- Información Jurídica



¿Necesitas asesoría?
Siempre contaras con equipo de abogados con todo el conocimiento, experiencia y compromiso necesarios para brindarte la mejor asesoría legal y ayudarte a tomar las decisiones correctas.